- Necesario incrementar las penas en contra de quienes realizan este acto de crueldad animal y refleja lo peor de la condición humana: López Hernández
A fin de sancionar con mayor rigor las peleas de perros, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista (GPPVEM), en la Cámara de Diputados, propuso aumentar las penas para establecer, en el Código Penal Federal, un castigo de tres a seis años de prisión y el equivalente de 200 a dos mil días de multa a quien se dedique a esta actividad ilícita.
En su iniciativa, el diputado Mario Alberto López Hernández, señala que las peleas de perros, no solo son un acto de crueldad animal, sino también una actividad que refleja lo peor de la condición humana por lo que es necesario que la penalidad, que en la actualidad es de seis meses a cinco años de prisión, se incremente ya que, aunque en 2017, México dio un paso importante al prohibir esta práctica y sancionar a los responsables, la realidad es que aún persiste en la clandestinidad.
El legislador ecologista apuntó que los perros involucrados en estas peleas no son animales peligrosos por naturaleza, son víctimas de un sistema que los somete a entrenamientos crueles, hambre, golpes y explotación, todo para satisfacer un espectáculo basado en la violencia y las apuestas.
“No podemos olvidar que detrás de cada pelea hay sufrimiento, pues estos animales son obligados a enfrentarse en combates que terminan en heridas graves, mutilaciones o la muerte. Y cuando un perro deja de ser útil para las peleas, muchas veces es abandonado, asesinado o tratado como un objeto descartable”, añadió.
Destacó que las peleas de perros no son solo un problema de bienestar animal, también están vinculadas a otras actividades ilícitas como el tráfico de drogas, las apuestas ilegales y la violencia organizada. “Al tolerar estas prácticas, perpetuamos un ciclo de impunidad y deshumanización que afecta a toda nuestra comunidad”, indicó.
Resaltó que entre las principales consecuencias de esta práctica se encuentra el estigma que afecta a ciertas razas, como los American Pitbull, debido a su frecuente uso en combates. Esto ha llevado a que, en diversos países, su tenencia sea regulada o incluso prohibida, bajo el argumento de que no son aptos para convivir con otros seres vivos.
Por todo ello, López Hernández propuso reformar el artículo 419 Bis del Código Penal donde se establecen las penalidades en contra de quien críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.
Asimismo, para quien posea, transporte, venda o compre perros para tal fin; organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para estos espectáculos; posea o administre una propiedad para este tipo de actividad y ocasione que un menor asista a estas exhibiciones. La pena se incrementa en una mitad si la persona responsable es servidor público y se impondrá un tercio de la pena a quien asista como espectador.
“Debemos de recordar que la ley no es suficiente si no hay conciencia social y acción ciudadana, con la aprobación de esta iniciativa un México sin violencia animal, es posible”, subrayó.
- Su uso en estos lugares será permitido a consideración de las autoridades, previa justificación, siempre y cuando el uso no implique daño alguno al ambiente.
El diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (GPPVEM), presentó una iniciativa para prohibir la circulación de vehículos todoterreno para actividades turísticas, deportivas o recreativas en áreas naturales con protección.
La propuesta, que modificaría la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece la prohibición de la circulación de vehículos recreativos todoterreno, en áreas naturales protegidas, áreas de conservación, áreas no perturbadas, áreas que alojen ecosistemas o elementos naturales de especial importancia o que requieran protección especial.
La propuesta indica que el uso de vehículos recreativos todoterreno será permitido a consideración de las autoridades competentes, previa justificación, siempre y cuando el uso no implique daño alguno al ambiente, a la biodiversidad, a los ecosistemas involucrados ni a terceras personas.
“Somos conscientes de lo que establece la Carta Magna respecto al derecho que tenemos de transitar libremente, no obstante, cuando esa libertad vulnera los derechos de otros hay que poner especial cuidado y atención, además de actuar a la brevedad”, expuso Astudillo Suárez.
“Estas acciones deben considerarse inmediatas para que la huella que hasta hoy se ha generado pueda restaurarse a la brevedad y evitar que el deterioro continúe.
Detalló que las entidades federativas serán las encargadas de regular la inspección, vigilancia y sanciones relativas al uso de vehículos recreativos todoterreno y prohibir su circulación en las áreas naturales que indican su propuesta.
Acerca de las conductas sancionables, el diputado verde indicó que están consideradas la emisión de ruido que exceda lo establecido en la legislación; la contaminación lumínica que exceda los máximos permisibles; la utilización de los vehículos en horarios que afecten la fauna silvestre del lugar y la circulación en lugares que afecten la vegetación local.
También será motivo de sanción la afectación de los usos y costumbres de las personas residentes del lugar, a propiedades de terceros, aun cuando se trate de terrenos comprendidos dentro de ejidos o propiedades de uso común, así como aquella que pudiera generar cualquier daño ambiental.
Finalmente, acerca de la contaminación atmosférica de estas unidades, Astudillo Suárez apuntó que también se establecerán y operarán sistemas de verificación de emisiones, así como del impacto de estos vehículos recreativos todoterreno.
- Se busca prevenir y tratar la depresión post-parto, así como asegurar que la información sobre los métodos anticonceptivos sea clara y accesible
La diputada del Partido Verde, Cindy Winkler Trujillo, presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Salud, con el objetivo de mejorar la atención materno infantil y métodos de planificación familiar.
La iniciativa propone modificar el artículo 61 de dicha ley para incluir la atención a la depresión post-parto como parte de la atención integral que se debe proporcionar a las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Además, se propone adicionar un tercer párrafo al artículo 67 de la ley, para asegurar que la información sobre los métodos anticonceptivos y la atención a la salud mental esté disponible de forma clara, accesible y adaptada a las necesidades individuales de cada mujer.
“Con esta propuesta buscamos garantizar que las mujeres tengamos control sobre nuestra salud reproductiva y podamos tomar decisiones informadas sobre los métodos anticonceptivos. Además de prevenir y tratar la depresión post-parto, para garantizar el bienestar tanto de las mamás como del recién nacido”, apuntó la legisladora.
La legisladora explicó que la depresión post-parto es un problema de salud pública reconocido mundialmente por sus efectos negativos en la madre y el bebé. “En México, la falta de acceso a servicios de salud mental y el estigma asociado a la salud mental limitan la atención a esta condición”, afirmó.
La aprobación de esta iniciativa sería un paso importante hacia la garantía de los derechos de las mujeres en materia de salud reproductiva y salud mental.