Diputados
URGE PARTIDO VERDE MARCO JURÍDICO PARA PROMOVER DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LA IA CON ÉTICA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
  • Importante también proteger datos personales y principios de inclusión, sostenibilidad y justicia

Para promover el desarrollo, uso y aplicación de tecnologías de Inteligencia Artificial (IA), con apego a los principios de ética, inclusión, seguridad, protección de datos personales, sostenibilidad y derechos humanos, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (GPPVEM), en la Cámara de Diputados, propuso reformar la ley en la materia para crear un marco legal acorde con dichas conductas

El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (GPPVEM), afirmó que su propuesta para reformar y adicionar los artículos 4 y 63 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, busca asegurar una coherencia con la política nacional de ciencia y tecnología con acciones concretas desde la investigación y su aplicación.

Asimismo, resaltó que esta iniciativa contribuye a establecer una base normativa sólida para fomentar el desarrollo de la IA en el país de manera que no solo sea innovador, sino también justo, incluyente, ético y soberano. Añadió que la inteligencia artificial se ha convertido en un eje central en el desarrollo científico y tecnológico del mundo y México necesita fortalecer su capacidad de investigación, desarrollo e implementación con un marco jurídico adecuado.

El legislador ecologista señaló que, aunque la IA sugiere una posibilidad para mejorar la calidad de vida, también conlleva riesgos en su aplicación, entre los principales pueden nombrarse la privacidad y protección de datos personales, pérdida de empleos o la concentración de poder en materia tecnológica y económica. Por ello, indicó, se propone modificar el artículo 4 de la mencionada Ley, en materia de definición de la inteligencia artificial y el artículo 63 en materia de política pública de IA.

Indicó que actualmente, la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencia, Tecnología e Innovación no cuenta con disposiciones específicas sobre IA, lo que limita su impulso y regulación en el país. De ahí la propuesta para que dicha ley contenga un marco específico que oriente su desarrollo, uso y regulación y para que dicha tecnología se desarrolle y aplique con apego a los principios de ética, seguridad, protección de datos personales y respeto a los derechos humanos.

Destacó que desde 2017, la OCDE y la Unesco han impulsado acciones para promover el uso ético y sostenible de la IA y en noviembre del 2021, la Unesco elaboró la primera norma mundial sobre ética de la IA: “Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial”, misma que es aplicable para los 194 miembros de la organización. No obstante, en el caso mexicano, estos lineamientos no han sido traducidos a políticas públicas o normas vinculantes.

Quiroga Treviño explicó que lo anterior es importante ya que la IA comienza a tener un impacto cada vez mayor en diferentes sectores clave del país, por ejemplo, en la salud se están implementando diagnósticos automatizados y en seguridad pública se comienza con el desarrollo de reconocimiento facial. “Los avances apuntan a otros sectores como educación, movilidad, medioambiente e incluso el sistema judicial”, indicó.

En ese sentido, comentó que, aunque existen normas dispersas sobre temas que pueden contener IA, tales como ciberseguridad o propiedad intelectual, no hay una legislación que aborde el desarrollo y promoción de la IA dentro de una vigilancia ética en el entorno científico, de ahí que se hace indispensable que México defina su soberanía tecnológica en la materia, estableciendo principios, obligaciones e instituciones que orienten el desarrollo desde un enfoque científico, ético y humanista.

"Legislar en materia de inteligencia artificial desde la Ley General en Materia de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación es una acción lógica y estratégica de primer orden para posicionar a México en la vanguardia del desarrollo tecnológico con responsabilidad social, toda vez que otros países ya comenzaron con dichas tareas", resaltó.

INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO CARLOS MADRAZO SILVA, DEL GPPVEM, DURANTE LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA

PROPONE PARTIDO VERDE AUMENTAR SANCIÓN DE HASTA 15 AÑOS DE CÁRCEL A QUIENES FALSIFIQUEN UNIFORMES Y DIVISAS DE LAS FUERZAS ARMADAS O INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA

  • Dicho delito representa una amenaza a la integridad de nuestras instituciones y a la seguridad nacional: López Hernández

Con el fin de garantizar la seguridad y la confianza en las instituciones de seguridad pública y las Fuerzas Armadas, el diputado del Partido Verde Ecologista de México, Mario Alberto López Hernández, propuso modificar el artículo 250 BIS del Código Penal Federal (CPF), para aumentar la pena por el delito de falsificación de uniformes, insignias, credenciales, medallas, divisas, gafetes, escudos, documentos y otros elementos que conforman la vestimenta de dichas instituciones, pilares fundamentales para el mantenimiento del orden y la protección de los derechos de los ciudadanos.

Apuntó que estos elementos representan la autenticidad y la legitimidad de las instituciones encargadas de la seguridad en el país, por lo que el delito de falsificación de estos elementos uniformes, divisas y otros símbolos oficiales representa una amenaza significativa, ya que pueden ser utilizados para suplantar a agentes de seguridad, cometer delitos como extorsiones, robos o incluso actos terroristas, generar confusión o desconfianza en la población y debilitar la autoridad institucional, poniendo en riesgo la seguridad pública.

Señaló que estos símbolos representan la autoridad, el profesionalismo y la legitimidad de quienes los portan, además de facilitar la identificación de los miembros de dichas instituciones por parte de la ciudadanía y otros actores sociales.

“La autenticidad de estos elementos es crucial para mantener la confianza pública y garantizar que las acciones de los agentes de seguridad sean reconocidas y respetadas”, señaló.

Comentó que, además, la utilización de uniformes falsificados puede facilitar la comisión de delitos sin que las víctimas o las autoridades puedan distinguir fácilmente entre lo auténtico y lo falso.

Explicó que históricamente, la falsificación de símbolos oficiales ha tenido repercusiones negativas en la seguridad y el orden social, en algunos casos, grupos delictivos han utilizado uniformes falsificados para infiltrarse en operativos policiales o militares, poniendo en riesgo la vida de los agentes y la población civil. Por ello, resulta imprescindible contar con un marco legal que sancione enérgicamente estas conductas.

En ese contexto, indicó que en la actualidad el artículo 250 Bis prevé penas de cinco a doce años de prisión y hasta 500 días de multa para quienes cometan dicho delito. Señaló que la severidad de estas sanciones refleja la gravedad del ilícito, así como su impacto en la seguridad y la confianza social.

Además, cuando la falsificación resulta en la comisión de delitos mayores o en su utilización para cometer actos ilícitos que pongan en riesgo la seguridad nacional o pública, las penas pueden incrementarse de ocho a quince años.

Insistió que la falsificación de los elementos referidos representa una amenaza a la integridad de nuestras instituciones y a la seguridad nacional, por lo que su propuesta es aumentar la sanción para quedar de 12 a 15 años de prisión y hasta 500 días de multa.

“La exclusividad y protección de estos símbolos oficiales aseguran que sólo quienes cuentan con la autorización correspondiente puedan fabricarlos, distribuirlos y utilizarlos en el ejercicio de sus funciones, por ello, la finalidad de esta disposición legal es proteger la integridad de los símbolos oficiales y prevenir su uso indebido para fortalecer la confianza en las instituciones encargadas de garantizar la seguridad y el orden social", destacó.

El ordenamiento señala que comete el delito de falsificación de uniformes y divisas de las Fuerzas Armadas y de cualquier institución de Seguridad Pública, el que sin autorización de la institución correspondiente fabrique, confecciones, produzca, imprima o pinte cualquiera de los uniformes, insignias, credenciales de identificación, medallas, insignias, gafetes, escudos, documentos adheribles, distintivos o piezas que contengan imágenes, siglas u otros elementos utilizados en dichas instituciones.